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BUENOS AIRES, PRIMERA MITAD DEL S. XIX. Transición del mundo colonial hacia un nuevo orden.

Posted by on 30 enero, 2010

por Alejandro Héctor Justiparán

La Revolución de Mayo desencadenará fuertes cambios en aspectos del tipo social, económico y cultural en el ámbito rioplatense. Uno de los más trascendentes será el de la construcción de un nuevo orden social  legítimo, en reemplazo de aquel que se había instaurado durante la época colonial. En este y en otros aspectos, se pondrá de manifiesto el enfrentamiento entre nuevas y viejas ideas, entre dos modelos que poseen diferentes fundamentos. Un enfrentamiento que eclosionará a nivel político y económico, pero que también se manifestará en el seno de la  misma sociedad.

Diez años después, en la década del 20, el espacio rioplatense asistirá a una doble crisis: al enfrentamiento entre Buenos aires y los caudillos del litoral, y a la quiebra del tradicional espacio político colonial centrado en la ciudad – cabildo. La irrupción política de la campaña bonaerense será el dato ineludible para explicar ambos niveles de crisis.

El tradicional mundo colonial ya había sufrido transformaciones hacia fines del siglo XVIII, a través de las denominadas Reformas Borbónicas. La creación del Virreinato del Río de la Plata, fue una de sus principales consecuencias. Su aparición se debe –en gran parte- a los cambios en el pensamiento europeo acerca de la riqueza de las naciones, de la necesidad de establecer un  freno  a los avances portugueses sobre las comarcas del Río de la Plata, y también al aumento del intercambio comercial entre el Alto Perú y la región pampeana. Un pensamiento de grandes dimensiones inspiró esta creación, que abarcaría un inmenso territorio con salida a los dos océanos y donde se daba todo tipo de producción. Su debilidad radicó, precisamente, en su extensión. Su breve duración no dio tiempo a que los distintos intereses pudieran fraguar en una identidad común.

Las bases sobre las cuales se había cimentado el orden colonial iban a ser paulatinamente cuestionadas a partir de la influencia manifiesta de las ideas iluministas que llegaban desde Europa. Conceptos como los de libertad e igualdad van a socavar profundamente este orden rígido y estamental.

Dentro de este marco, los cambios que van a ser promovidos a partir de la Revolución de mayo, plantearán serios desafíos en diversos aspectos de la vida política, social, económica y cultural del Río de la Plata. Uno de los más inmediatos será el de la construcción de un orden legítimo, con reglas aceptadas medianamente por la mayoría de la sociedad y un aparato estatal capaz de aplicarlas.

Durante el período colonial esto se había garantizado fundamentalmente mediante un complejo sistema de negociaciones entre los diversos sectores dominantes y el resto de la sociedad, que reconocían en la Corona y sus representantes locales un poder de arbitraje que articulaba los diferentes intereses y permitía la reproducción social. Si bien la coacción y la represión desembozada no estaban ausentes del sistema de dominación colonial, la clave del éxito y la perduración del régimen parece encontrarse en una especie de consenso que colocaba a la justicia real en el centro de la resolución de los conflictos.

Será en la búsqueda del reemplazo del consenso obtenido en la etapa colonial por el sistema de dominación impuesto, que son creados los Juzgados de Paz en 1821, en reemplazo del Cabildo de Buenos Aires reorganizándose así el sistema político y judicial de la provincia[1]. En cada partido se instalará un Juez de Paz, quien a su vez será cabeza de un equipo compuesto por un Alcalde para cada cuartel, y sus respectivos Tenientes Alcaldes. La intención será la de crear un cuerpo de funcionarios que estuviera subordinado a las autoridades centrales de la provincia.[2]

Dentro de las diferentes problemáticas desatadas en torno a estas modificaciones, la de la propiedad y el usufructo de la tierra fue una de las que centralizó la preocupación de las autoridades, involucradas ahora dentro de una compleja trama de intereses encontrados. Las prácticas de apropiación de la tierra, íntimamente relacionadas con mecanismos que la sociedad campesina venía llevando a cabo desde el período colonial, eran reconocidas como válidas por una gran parte de esa población[3], y colocan a las autoridades en una encrucijada en la cual dudan entre favorecer a los antiguos ocupantes de los terrenos o a aquellos nuevos dueños que exigen ser protegidos por la legislación vigente.

La Revolución traerá fuertes vientos de cambio al contexto colonial. Por un lado, las elites urbanas van a interesarse cada vez más en explotar la campaña de Buenos Aires ante las nuevas posibilidades que abre la coyuntura internacional y la crisis de las maneras tradicionales de hacer dinero en la ciudad a través del comercio. Se van a empezar a constituir algunas grandes empresas agrarias que van a entrar en fricción con las familias campesinas y sus antiguas prácticas de reproducción social.

Ante la presencia de estos pobladores que bajo el pretexto de pobladores o labradores –según reza una circular dirigida a los jueces de paz en 1825- ocupan terrenos baldíos y privados, el gobierno muestra su preocupación y su intención de transformarlos en productores útiles para el país.

Otro mal de grave trascendencia advierte el gobierno que existe en la campaña (…) el que causan algunos hombres bajo el pretexto de pobladores o labradores y sin tener acaso más fortuna que una choza, permanecen en algunos terrenos baldíos o de propiedad particular bajo la denominación de arrimados, sin trabajar acaso o sin rendir todo el producto que necesitan para el sostén de sus familias (…) el gobierno tiene meditadas algunas medidas que salven a la campaña de esta clase de hombres y los convierta en productores y por consecuencia sean útiles al país. Pero entretanto que el gobierno se hace de los medios necesarios (…) es preciso que los jueces de paz… celen en sus respectivos territorios no exista dicha clase de hombres, sino tienen la calidad de propietarios o… bajo la calidad de arrendatarios en virtud de un contrato por escrito.[4]

Pretende además, el gobierno, trasladar a estas personas a las poblaciones, o en su defecto a sus inmediaciones, donde se les podrá otorgar un terreno baldío para que puedan habitarlo. La intención es doble, por un lado la de alejar de sus tierras a estos pobladores, y por el otro tenerlos más a la vista de las autoridades y de su control. Para reforzar estas medidas, el gobierno provincial aconseja la constitución de un fondo económico, cuya organización estará a cargo del Juez de Paz correspondiente, el que deberá reunir a todos los hacendados y vecinos pudientes del partido y manifestarles la conveniencia de aportar a dicho fondo. El mismo sería destinado a la compra de instrumentos y útiles de labranza, así también como a toda clase de auxilios que necesite el desarrollo de la agricultura, en tierras que no deben encontrarse más de una legua alejadas de la población.[5]

Esta serie de medidas proyectadas y el apoyo que se les pide a los hacendados de los diferentes partidos para su implementación, nos permite observar, por un lado, la preocupación de las autoridades en encontrar una salida ante el complejo problema de la propiedad de las tierras, y por el otro, su total falta de recursos para solucionar dicha problemática.

Se trataba de restablecer la paz social y cierta disciplina, que el propio proceso revolucionario y las guerras habían alterado seriamente. Sólo mediante el restablecimiento de la paz será posible hacer negocios seguros y permitir el progreso económico. En este sentido, los propietarios rurales más importantes y, en general, los gobiernos entendían que había que consolidar y proteger los derechos a la propiedad privada, seriamente amenazada por prácticas de apropiación directa que la crisis había agravado, pero que a su vez se imbricaban con una serie de prácticas de acceso a los recursos que no tenían que ver con la crisis, sino con mecanismos que la sociedad campesina de fronteras había desarrollado desde mucho tiempo atrás y que buena parte de la sociedad reconocía como válidas.

Es este un momento fuertemente transicional, en el que grupos de hacendados y terratenientes entran en fricción con aquellas familias campesinas que persisten en prácticas legitimadas en el régimen anterior. Y es el gobierno provincial, el que deberá crear un nuevo marco de control que permita regular estos intereses enfrentados. Pero no sólo deberá crearlo, sino que también deberá legitimarlo, sustentado en una compleja sociedad de campaña a la que le será muy difícil imponerle ciertos cambios, en tanto estos se enfrenten con prácticas reconocidas mucho tiempo antes.

Asistiremos así a un Estado que titubea frente a los derechos contradictorios de los antiguos ocupantes de terrenos sin títulos y a los nuevos propietarios denunciantes que pretenden hacer valer sus derechos privados.

Si a esto le agregamos una escasa cantidad de recursos y una marcada inestabilidad política, podemos interpretar las dubitaciones de las autoridades en la implementación de las medidas necesarias, al tiempo que no pueden darse el lujo de perder el apoyo de ninguno de los sectores en disputa.[6]

Otro aspecto sin dudas representativo de este momento de transición, es brindado por el análisis de los procesos electorales, que nos permite no sólo rescatar esta dimensión político-social, sino además explicar desde una perspectiva diferente la expansión de la frontera política en el territorio de la campaña bonaerense.[7]

La Ley de elecciones de 1821[8] reestructuró el espacio político territorial institucionalizando la participación política de la campaña a través del voto y suprimiendo los cabildos y renovó las prácticas políticas de los actores al establecer el sufragio universal y el voto directo.[9]

Esta nueva forma de participación política, contrastará notablemente con la baja participación demostrada en la década revolucionaria, que había quedado asociada a un extremo faccionalismo y a la imposibilidad de instaurar un orden estable. Estos cambios estarán ahora vinculados a la expresa voluntad política que movió a la elite a prescribir el voto activo universal.  La Gazeta, periódico oficial reflexiona en un artículo aparecido en 1820 sobre este problema, afirmando que sólo había un medio para sofocar el espíritu de facción en las elecciones:

Votar todos o casi todos los ciudadanos. Un partido, por pequeño que sea, puede contar con cien votos; otro contará con doscientos, claro está pues que si votan sólo quinientos ciudadanos, los trescientos votos son faccionistas aunque separados, y como es preciso que por el hecho mismo de ser libres, los otros doscientos deban ser divergentes, resulta que la facción o partido de los doscientos vencerán y obtendrán su objeto. Más si votasen diez mil ciudadanos, ¿de que serviría la pequeñísima facción de doscientos individuos? ¿No quedaría ahogada y sofocada entre la gran mayoría? Este es el remedio ciudadanos: votemos todos, pues todos estamos obligados a hacerlo.

Mientras que en el espacio urbano el número promedio de sufragantes entre 1810 y 1820 oscilaba entre 100 y 300, a partir de 1821 las elecciones en la ciudad fluctuarán entre 2.000 y 3.000 votantes, llegando a veces a cifras que superan los 4.000.

Las cifras que presenta la campaña son igualmente significativas, creciendo considerablemente a partir de 1821 al dictarse la nueva ley electoral, y tomará una curva más ascendente en la década del treinta.[10] La universalidad del voto se establece, entonces, en la sociedad porteña prácticamente sin conflicto y bajo la fuerte noción de que su aplicación traería disciplina i orden en un espacio altamente movilizado luego de la guerra de independencia.

Con respecto al mundo urbano, Buenos Aires –la ciudad jacobina que dejaba paso a la ciudad criolla[11]no presentará cambios significativos entre 1820 y 1850. la población se densificó en torno a los barrios del sur, las casas conservaron su aspecto tradicional (bajas y ordenadas en torno a los tres patios), pero sus interiores comenzaron a renovarse.

Los edificios públicos siguieron siendo aquellos legados por la Colonia: el Cabildo, la casa del Consulado, la Catedral, la Recova. Las únicas novedades importantes fueron la nueva Sala de Representantes y la fachada que empezó a construirse para la Catedral, que, con su estilo francés neoclásico, se destacaban en la ciudad criolla.

La total falta de medios anteriormente citada, también aquí se hace notar, especialmente en algunos servicios públicos. Salvo en algunas del centro, la iluminación de las calles seguía haciéndose con modestos faroles de aceite. El agua potable se obtenía del río, mezclada con mucho barro, salvo para quines podían costear un aljibe. Sobre todo, la ciudad continuó careciendo de un puerto, pese ala crecida actividad comercial, y el desembarco, realizado a través de chalupas y de grandes carretones, motivó el obligado y sarcástico comentario de los visitantes extranjeros.[12]

Esta situación resulta llamativa teniendo en cuenta la renovada expansión económica de a ciudad y sobre todo de su campaña, estimulada por la fuerte expansión ganadera.

Estos son sólo algunos de los muchos aspectos que plantea este momento de transición en el que la sociedad tardocolonial asiste a una transformación que afecta todos sus niveles. Un nivel posterior de análisis nos permitiría observar si estas transformaciones llevadas a cabo responde sólo a factores exógenos modernizadores, frente a una sociedad estática tradicional, o si esta sociedad presentó en su trama la suficiente flexibilidad como para no obstaculizar dicho proceso.


[1] Será dentro del gobierno de Martín Rodríguez, cuyo ministro Bernardino Rivadavia realizó mediante la Ley Orgánica, la organización de la provincia de Buenos Aires. En cuanto al poder Judicial, además, suprimió la audiencia de Buenos Aires y la reemplazó por una Cámara de Apelaciones o Tribunal de Alzada.

[2] GELMAN, Jorge. Crisis y reconstrucción del orden en la campaña de Buenos Aires. Estado y sociedad en la primera mitad del siglo XIX. Boletín del Instituto de Historia Argentina y Americana “Dr. Emilio Ravignani”. Tercera serie, núm. 21, 1er semestre del 2000, pág. 10.

[3] GELMAN, Jorge, Crisis y construcción del orden…, ob. Cit., pág. 23.

[4] Circular a los jueces de paz de campaña, Buenos Aires, Marzo de 1825, en Manual para los… ob. Cit.

[5] Ibídem.

[6] Si bien el decreto que establecía la obligatoriedad de la papeleta de conchabo favorecía al dueño de la tierra, por otra parte la consecuencia de su no tenencia (con la consiguiente calificación de vago) provocaba el reclutamiento para el ejército de gran parte de la mano de obra que la campaña necesitaba.

[7] TERNAVASIO, Marcela, Nuevo régimen representativo y expansión de la frontera política. Las elecciones en el Estado de Buenos Aires: 1820/1840.

[8] Ley de elecciones del 14 de agosto de 1821, dictada por la nueva Sala de Representantes de la provincia de Buenos Aires.

[9] La Ley diferenciará VOTO ACTIVO (Universal, para hombres mayores de 20 años) de VOTO PASIVO (para los candidatos, propietarios y mayores de 25 años).

[10] En TERNAVASIO, Marcela, Ob. Cit., página 67.

[11] ROMERO, Luis Alberto, Buenos Aires criolla, 1820/1850.

[12] ROMERO, Luis Alberto, Ob. Cit., pág. 9.

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